Lexincorp

Situación actual de las Criptomonedas en Honduras

Situación actual de las Criptomonedas en Honduras Los Activos Digitales son definidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como: “una representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos o inversiones”. (Grupo de Acción Financiera Internacional, 2023), en esta definición caben uno de los activos […]

Situación actual de las Criptomonedas en Honduras

Los Activos Digitales son definidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como: “una representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y se puede utilizar para pagos o inversiones”. (Grupo de Acción Financiera Internacional, 2023), en esta definición caben uno de los activos digitales más conocidos y usados en el mundo, como lo son las criptomonedas, dentro de éstas encontramos: Bitcoin, Ethereum, Tether, Binance Coin, entre otras.

El sector de los activos digitales es un sector en franco crecimiento a nivel global, de acuerdo con la plataforma Triple-A alrededor de 562 millones de personas poseen criptomonedas en el mundo, lo que supone que el uso de criptomonedas a nivel global ha aumentado en un 33% en 2024 con relación al 2023. De acuerdo a esta plataforma más de 240,000 personas poseen alguna criptomoneda en Honduras, lo cual representa un 2.8% de la población total; siendo Honduras el 3er país de centroamérica con más propietarios de criptomonedas, luego de El Salvador (636,494 personas) y Guatemala (263,422). Cada uno de los demás países de Centroamérica (Nicaragua, Costa Rica y Panamá) no superan las 100,00 personas titulares de criptomonedas.

Las criptomonedas son instrumentos de inversión, que como cualquier otro instrumento genera una rentabilidad para sus titulares, pero también traen consigo riesgos asociados, que se debe de identificar y tomar las medidas para mitigarlos.

Dentro de los beneficios que traen consigo los activos digitales podemos encontrar que:

  • Son de fácil acceso para las personas, es suficiente contar con acceso a internet para poder realizar transacciones.
  • Esta desligada a una entidad o autoridad centralizada que lo controla.
  • Las transacciones se realizan a través de blockchain, lo que permite la trazabilidad e identificación del origen de las transacciones.

Por otro lado, las transacciones con activos digitales traen consigo algunos riesgos que se deben tener en consideración:

  • Son activos muy volátiles, su valor puede fluctuar en tiempos muy cortos hacia el alta o la baja, ya que son muy sensibles a noticias, decisiones políticas, entre otros.
  • Pueden ser utilizados para transacciones relacionadas con los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (Aunque no existe ninguna evidencia que demuestre que los activos digitales sean más utilizados para dichas actividades que otros activos de diferente naturaleza, como las monedas fiat)
  • La falta de regulación de los países o la ambigüedad en las posiciones al respecto de los reguladores, han creado un estado de vulnerabilidad para los países y una percepción errónea de ilegalidad vinculada con las transacciones con activos digitales.

Dado su auge, en 2018 el GAFI realizó una actualización de la recomendación número 15 relacionada a Nuevas Tecnologías, incluyendo a los activos digitales (AV) y a los Proveedores de servicios de Activos Digitales (PSAV). A través de esta recomendación se manda a los países a identificar y evaluar los riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del terrorismo que pueden surgir por el uso de nuevas tecnologías en el desarrollo de productos o nuevas prácticas comerciales, recomendando las siguientes acciones para mitigar los riesgos inherentes:

  • Los países deben identificar, evaluar y comprender los riesgos de estos activos y sus proveedores de servicios, utilizando el enfoque basado en riesgos indicada en la recomendación 1.
  • Requerir a los PSAV tener licencia cuando menos en el país donde se crean o en las jurisdicciones donde realizan operaciones y ofrecen servicios.
  • Estar sujetos a reglamentación y supervisión, que los obligue a tener medidas de Debida Diligencia, monitoreo de transacciones, programas de cumplimiento, entre otros.
  • Crear un régimen sancionatorio que sea disuasivo.

A su vez el GAFILAT en 2023 emitió un informe de tipologías identificadas para LA/FT mediante activos digitales, y en la cuarta actualización del informe de Amenazas Regionales en materia de Lavado de Activos y Financiamiento del terrorismo su utilización se identifica como riesgo emergente para la región. (GAFILAT & Banco Centroamericano de Integración Económica, 2024, pág. 36)

Situación regulatoria en Honduras en relación a las criptomonedas.

En Honduras, no existe una regulación particular relacionada a los activos digitales en su concepto amplio, ni de las criptomonedas en particular.

Sin embargo, se reconoce la utilización de criptomonedas en el país; y por tanto, el Banco Central de Honduras (BCH) y la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) han emitido algunos comunicados y una circular al respecto. El BCH en 2018, 2020 y 2022 ha emitido comunicados en el sentido de advertir a los agentes económicos y financieros que utilizan criptomonedas como instrumento de inversión o de pago, que dichos activos no están regulados en el sistema nacional de pagos, y tampoco están garantizados en el país y por ende, no tienen protección legal; siendo la utilización de criptomonedas realizada bajo riesgo y responsabilidad del sujeto que los realice.

Por otro lado, la CNBS mediante la Circular CNBS No. 003/2024, reconoce que en Honduras circulan criptomonedas, reafirma su falta de regulación y protección legal indicada en el comunicado del BCH, alertando además de la exposición de los usuarios a riesgos de fraude operativos y legales, por lo que prohíbe a las Instituciones Supervisadas por la CNBS transar con  criptomonedas que sean emitidas por el BCH, ni tampoco permitir que los usuarios usen sus plataformas para operaciones con estos activos, emitiendo posteriormente una nota aclaratoria en el sentido que la prohibición radica en el uso de criptoactivos a través de las Instituciones del Sistema Financiero para evitar riesgos sobre los recursos de los ahorrantes y que el uso de dichas plataformas queda bajo el riesgos de sus usuarios.

En conclusión, las criptomonedas son instrumento de inversión, que -como cualquier otra inversión- trae consigo riesgos, pero también una oportunidad de rentabilidad importante, bajo la máxima financiera “a mayor riesgo, mayor rentabilidad”. En Honduras existe una prohibición para que las Instituciones del Sistema Financiero transen con ellas para proteger los recursos de los ahorrantes, pero que la población en general no tiene ninguna prohibición para poder realizar transacciones con criptomonedas.

Si estás interesado en obtener más información sobre este artículo o deseas explorar cómo podemos asistirte en temas legales relacionados, no dudes en contactarnos a los correos:  cpecorelli@lexincorp.com / infohn@lexincorp.com

Escrito por: Abg. Carlos Pecorelli