Reforma a la Ley de Bancos: El Salvador abre la participación accionaria bancaria a inversionistas internacionales
El Salvador ha dado un paso significativo en la modernización de su marco regulatorio financiero con la derogatoria del artículo 10 de la Ley de Bancos, disposición que condicionaba la estructura accionaria de las entidades bancarias del país.
¿Qué establecía el artículo 10?
Desde la entrada en vigor de la Ley de Bancos, el artículo 10 imponía una restricción de nacionalidad sobre la propiedad accionaria de los bancos salvadoreños. Específicamente, exigía que al menos el 51% de las acciones con derecho a voto perteneciera a:
- Personas naturales salvadoreñas o centroamericanas;
- Personas jurídicas constituidas en El Salvador o en países de la región centroamericana; o
- Inversionistas extranjeros que cumplieran con requisitos específicos de regulación prudencial y clasificación de riesgo reconocida internacionalmente.
Esta disposición limitaba de forma directa quién podía ser accionista mayoritario de un banco en El Salvador, condicionando la inversión extranjera en el sector a criterios de origen geográfico y calificación técnica.
¿Qué cambia con la derogatoria?
Con la eliminación de este artículo, desaparece la obligatoriedad de que la mayoría accionaria de un banco salvadoreño esté en manos de nacionales o centroamericanos. En consecuencia, personas naturales o jurídicas de cualquier nacionalidad podrán participar como accionistas en entidades bancarias del país, sin las restricciones de origen que imperaban anteriormente.
Esto representa una apertura relevante para grupos financieros internacionales interesados en establecerse o ampliar su presencia en el mercado bancario salvadoreño.
¿Qué permanece vigente?
La derogatoria del artículo 10 no elimina el marco de supervisión y control sobre el sistema bancario. Los artículos 11 y 12 de la Ley de Bancos mantienen su vigencia, conservando:
- Los requisitos de idoneidad moral, técnica y financiera para quienes deseen ingresar al sistema como accionistas relevantes;
- Las facultades de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) para supervisar y autorizar la participación de nuevos inversionistas.
En ese sentido, la apertura accionaria no implica una desregulación del sector, sino una flexibilización en cuanto al origen de los inversionistas, manteniendo los estándares de control y transparencia del sistema financiero.
Implicaciones prácticas
Para empresas e inversionistas, esta reforma abre nuevas posibilidades de estructuración en el sector bancario salvadoreño. Quienes tengan interés en adquirir participaciones accionarias en bancos del país deberán cumplir con los requisitos de autorización ante la SSF, así como con las disposiciones de debida diligencia y transparencia propias del sector financiero regulado.
En Lexincorp acompañamos a empresas e inversionistas en el análisis de las implicaciones de esta reforma a la Ley de Bancos, evaluando opciones de estructuración accionaria y estrategias de ingreso al mercado financiero salvadoreño. Para consultas sobre cómo esta normativa impacta a su organización, puede contactarnos al correo: info@lexincorp.com
Nota: Este artículo tiene fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Cada situación empresarial debe evaluarse individualmente considerando sus circunstancias particulares.
