Han trascurrido varios años desde la aprobación y publicación de la Ley De Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, (Ley Nº 8454). El siguiente artículo presenta la importancia de este mecanismo virtual y brinda respuesta a los principales cuestionamientos de los usuarios cuando se aborda el tema de la firma digital.

¿Qué es firma digital?

La firma digital es una herramienta tecnológica que permite asociar la identidad de una persona o equipo, con un mensaje o documento electrónico para garantizar la autoría e integridad de los mismos. Es importante aclarar que la firma digital no implica asegurar la confidencialidad del mensaje; un documento firmado digitalmente puede ser visualizado por otras personas, sin embargo existen procedimientos técnicos que permiten la creación y verificación de firmas digitales, asegurando la identidad del firmante y legitimidad del documento.

Ámbito de aplicación

La presente Ley se aplica a toda clase de transacciones y actos jurídicos, públicos o privados, salvo disposición legal en contrario, o que por la naturaleza o los requisitos particulares del acto o negocio concreto resulten incompatibles. Esto conforme al artículo 1 del mismo cuerpo normativo.

¿Qué es la DCFD?

El ente encargado de administrar y supervisar el sistema de certificación y a donde deben acudir los consumidores para un respaldo legal en caso de un incidente, es la Dirección de Certificadores de Firma Digital (DCFD), perteneciente al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Funciones de la Dirección de Certificadores de Firma Digital

La DCFD deberá recibir, tramitar y resolver las solicitudes de inscripción de los certificadores, además de llevar un registro de los certificadores y certificados digitales. Asimismo, tendrá potestad legal para suspender o revocar la inscripción de los certificadores y de certificados, entre otras funciones descritas en el artículo 24 de la Ley Nº 8454.

¿Cómo puedo obtener la firma digital?

La DCFD ha nombrado oficinas de registro debidamente autorizadas para emitir certificados de la Autoridad Certificadora del SINPE (CA SINPE – Persona Física) con sus respectivos costos, horarios de atención, ubicación y números de teléfono para la concertación de citas.

Para obtener la firma digital el usuario debe:

1. Llamar a la oficina de registro de su preferencia y concertar una cita.

2. Presentarse 15 minutos previos a la cita con su cédula de identidad más reciente (en caso de ser extranjero, debe presentarse con su cédula de residencia o pasaporte más reciente)

3. Realizar el pago correspondiente, el cual puede rondar entre los 40 y 60 dólares dependiendo de la entidad certificadora y de si el usuario es el cliente o no de la misma, entre otros factores.

4. Definir el PIN de la tarjeta que se le otorga mediante su huella dactilar.

5. Entrega de la tarjeta y el dispositivo correspondiente para la lectura de la misma por parte de la entidad Bancaria.

6. Descarga de las aplicaciones (APP) para recibir soporte técnico y configurar la computadora, para que funcione correctamente con el certificado digital.

¿Cuáles son sus beneficios?

Gracias a este mecanismo virtual, los costarricenses ahora podrán gestionar cualquier trámite permitido dentro del aparato gubernamental desde una computadora y tener plena seguridad de la legitimidad del documento solicitado, ya que, de acuerdo a la Ley N.º 8454, la firma digital emitida por una autoridad certificadora registrada, tiene la equivalencia jurídica de una firma manuscrita.

Otro beneficio de este nuevo sistema es el ahorro de papel, por lo que la tala desmedida de árboles se disminuye y hace que el uso de la firma digital sea un método amigable con el ambiente.

Para más información sobre este tema puede contactarnos a infocr@lexincorp.com y con gusto le asesoraremos.

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