CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE EN EL SALVADOR
Principales requisitos y consideraciones
01 | ACCIONISTAS
La sociedad debe constituirse con al menos dos accionistas, quienes pueden ser personas naturales o jurídicas, salvadoreñas o extranjeras. No existen restricciones generales que impidan que los accionistas o los administradores/representantes legales sean extranjeros, sin perjuicio de las limitaciones que pudieran aplicar a determinadas actividades reguladas. El porcentaje de capital a suscribir será libre para accionista, es decir puede existir una mayoritario y un accionista minoritario, como las partes libremente lo elijan.
02 | CAPITAL SOCIAL
El capital social mínimo requerido es de USD $2,000.00. Al constituirse, el capital debe estar íntegramente suscrito y debe pagarse, como mínimo, el 5% del capital suscrito pagadero a través de un cheque certificado. El saldo pendiente deberá pagarse dentro del plazo establecido en la escritura social, que no podrá exceder de un año contado desde la inscripción de la escritura de constitución en el Registro de Comercio. Los gastos de inscripción de sociedad dependerán del capital social a seleccionar.
03 | ADMINISTRACIÓN
La sociedad puede optar por un Administrador Único —integrado por Administrador Único Propietario y Suplente— o por una Junta Directiva, de conformidad con lo establecido en el pacto social, las estructuras usuales son Presidente, vicepresidente y secretario con un suplente.
04 | PLAZO
La sociedad puede constituirse por plazo indeterminado, por lo que no es necesario establecer una fecha de vencimiento para su existencia.
05 | ACCIONISTAS Y REPRESENTANTES EXTRANJEROS
Los accionistas extranjeros pueden participar en la sociedad y los administradores o representantes legales también pueden ser extranjeros. Para los trámites correspondientes, los socios extranjeros deberán contar con la documentación de identificación requerida, incluyendo pasaporte vigente y NIT salvadoreño, según corresponda.
06 | CONSTITUCIÓN MEDIANTE PODER
Los accionistas no necesitan comparecer personalmente en El Salvador para constituir su sociedad, pueden otorgar un poder a favor de un tercero para que los represente y otorgue, en su nombre, la escritura pública de constitución ante notario salvadoreño. Si el poder se otorga en el extranjero, deberá cumplir los requisitos de legalización o apostilla y, cuando corresponda, traducción al español.
07 | ASPECTOS CONTABLES
Para la puesta en funcionamiento de la sociedad será necesario coordinar con un contador o equipo contable la preparación del balance inicial, así como los registros contables y tributarios correspondientes. En Lexincorp contamos con un servicio integral y equipo contable que apoya a nuestros clientes con dichos aspectos contables.
RESUMEN
| Accionistas | Mínimo 2 |
| Capital mínimo | US$2,000.00 |
| Pago inicial mínimo | 5% del capital suscrito pagadero en dinero |
| Plazo para completar el pago | Máximo 1 año desde la inscripción |
| Administración | Administrador Único o Junta Directiva |
| Duración | Puede ser indeterminada |
| Extranjeros | Accionistas y representantes permitidos |
| Documentos para extranjeros | Pasaporte y NIT, según corresponda |
| Constitución por poder | Permitida |
| Balance inicial | Requiere contador/equipo contable |
Nota: Los requisitos anteriores corresponden al régimen general aplicable a las sociedades anónimas de capital variable en El Salvador. Determinadas operaciones o finalidades económicas pueden estar sujetas a requisitos, autorizaciones o restricciones adicionales.
