El pasado 1° de marzo de 2022, la Asamblea Legislativa publicó en La Gaceta el proyecto que pretende reformar al transitorio II de la Ley sobre el Impuesto a las Personas Jurídicas (Ley N° 9.428). Dicho proyecto de ley, con expediente legislativo N° 22.905, pretende ser una nueva “Ley Lázaro”, puesto que desea dar una nueva oportunidad para que las personas jurídicas disueltas puedan solicitar su reactivación y así continuar con su actividad normal. Lo cual evitaría el proceso de liquidación, y agilizaría la recaudación del dinero adeudado por concepto de dicho impuesto.
Este proyecto pretende ampliar hasta el 15 de diciembre de 2022 el plazo para cancelar las sumas adeudadas entre los años 2016 al 2021, por concepto del impuesto a las personas jurídicas.
Parte de la redacción que se propone es la siguiente:
“Las personas jurídicas que hayan sido disueltas y hayan cancelado las sumas adeudadas a más tardar el 15 de enero de 2022 podrán presentar ante el Registro Nacional la solicitud de cese de su disolución, quedando dichas personas jurídicas en la misma condición jurídica en que se encontraban antes de la disolución con efectos retroactivos que con ello conlleva. Tendrán tiempo hasta el 15 de enero de 2023 para presentar dicha solicitud ante el Registro Nacional, luego de cancelados los montos adeudados”.
Un incentivo adicional que propone el proyecto es que, para ponerse al día, las personas jurídicas no deberán pagar los intereses o multas correspondientes.
En Lexincorp se le dará seguimiento a dicho proyecto que se encuentra en la corriente legislativa, y lo acontecido se estará informando oportunamente.
Escrito por María Alexandra Álvarez Arias.
Asistente Legal del Departamento Corporativo de Lexincorp y Egresada de Licenciatura en Derecho de la Universidad de Costa Rica.