ORDENANZA DE DISPENSA TEMPORAL DE INTERESES MORATORIOS POR TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES APLICADAS A LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR

En sesión del pasado primero de junio del presente año, el Concejo Municipal de la Alcaldía de San Salvador emitió el decreto número quince “Ordenanza de Dispensa Temporal de Intereses Moratorios por Tasas y Contribuciones Especiales Aplicadas a la Propiedad Inmobiliaria del Municipio de San Salvador”, dicho decreto tiene como objetivo establecer un régimen de incentivo a los ciudadanos del Municipio de San Salvador que se encuentren deudores de las obligaciones tributarias en cuanto a tasas y contribuciones especiales aplicadas a la propiedad inmobiliaria.

La dispensa contemplada en este decreto aplica a los intereses moratorios generados por el no pago de la tasa de servicio de aseo y disposición final, tasa por alumbrado público, intereses generados por el no pago de tributo de las ordenanzas de “Contribución Especial de Ornato, Construcción, Reconstrucción, Remodelación, Mejora y Mantenimiento de Parques, Plazas, Zonas Verdes, Arriates Centrales de las Vías Públicas, Espacios Públicos y Otros Análogos del Municipio de San Salvador”, y de la “Ordenanza de Contribución Especial para la Ejecución de Proyectos de Infraestructura Urbana de la Zona de San Benito”.

Dicho decreto contempla que será aplicable a aquellas obligaciones causadas hasta el 31 de mayo de 2021, siendo posible para los contribuyentes que deseen acogerse a la dispensa formalizar planes de pago para cancelar la totalidad de la obligación tributaria, siempre y cuando cancelen una prima de un mínimo del 30 por ciento del monto total del tributo a pagar.

Cabe destacar, que el incumplimiento de dos cuotas consecutivas o el incumplimiento de la última cuota del plan formalizado dejará sin efecto el beneficio otorgado, volviendo exigible el saldo total de la deuda. Los planes de pago aplicables por el presente decreto tendrán un plazo máximo de 6 meses.

Este decreto tiene una vigencia de treinta días, contados a partir del 9 de junio de 2021.

Para más información al respecto, no dude en contactarnos.

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