La crisis sanitaria que ha provocado por “El Coronavirus” (COVID-19) ha impactado en distintos ámbitos; economía, mercados, negocios, trabajos y el sector bancario. Las medidas tomadas por los gobiernos a nivel mundial involucran efectos directos a la economía y a la sociedad. En el caso de Guatemala, respecto a las restricciones de movilidad, la apertura de negocios y las disposiciones del Estado de Calamidad repercutirán también en las obligaciones contractuales que tanto empresarios como personas individuales han adquirido.
Los contratos y compromisos contractuales deben de ser considerados partiendo del análisis siguiente: ¿Cómo pueden afectar las medidas de seguridad e higiene, restricciones a la locomoción y el paro de actividades? Específicamente en los siguientes aspectos: 1) El cumplimiento de las obligaciones contraídas para ambas partes. 2) ¿De qué forma se ven afectados los plazos pactados? 3) ¿Prevé el contrato alguna solución para casos como la pandemia que se vive?
Para entender de una forma clara el funcionamiento de las obligaciones contractuales que se pueden ver afectadas por esta situación es necesario tomar en cuenta algunas figuras jurídicas que contempla nuestra legislación y que pueden ser utilizadas para mitigar el impacto de las medidas implementadas por el Gobierno de Guatemala.
La primera de ellas es la fuerza mayor. Esta figura se refiere a la imposibilidad del cumplimiento de las obligaciones adquiridas debido a un hecho que no se pudo evitar, pero tampoco se pudo prever y que causa el incumplimiento del contrato. Por el otro lado, se encuentra el caso fortuito, también se refiere a la imposibilidad del cumplimiento de las obligaciones, pero esto se debe a un suceso que no podía ser previsible e, incluso de serlo, no se podría haber evitado. Por último, se encuentra la doctrina de la imprevisión, esta difiere de las anteriores en el sentido que hace referencia a que las circunstancias bajo las cuales se celebró el contrato han cambiado y en consecuencia el cumplimiento del contrato se ha tornado excesivamente oneroso para una de las partes.
Es importante tomar en cuenta que la aplicación de cualquiera de las figuras anteriores amerita un examen minucioso y particular dependiendo de cada contrato. En LEXINCORP GUATEMALA, estamos a sus órdenes para resolver cualquier tipo de consulta o realizar opinión jurídica para resolver sus cuestionamientos y brindar una guía de cómo mitigar el impacto de dichas medidas.