¿Qué ventajas puede ofrecer el trabajo desde casa?
…el mundo no parece que vuelva a la normalidad como la conocíamos y el trabajo desde casa se hará cada vez más necesario, específicamente en Guatemala, aún después del levantamiento de las restricciones…
Por Edvin Montoya | Socio, Lexincorp Central American Law Firm.
Las disposiciones presidenciales, en respuesta a la pandemia provocada por el COVID-19, mantienen la suspensión de las actividades comerciales (salvo las excepciones de servicios esenciales y de los que tengan permiso). Esto, aunado a la falta de transporte público y con el peligro real que conlleva el virus en sí mismo, tanto empleados como empleadores se enfrentan a una situación laboral con pocas opciones.
Las consecuencias económicas del paro de actividades a nivel mundial son incalculables y nada promisorias. Los efectos inmediatos en una economía como la de Guatemala, ya se están sintiendo. Prueba de ello, las suspensiones y los despidos realizados por varias compañías, las historias de la falta de ingresos de muchas personas en la economía informal y las continuas consultas recibidas en firmas de abogados como la nuestra acerca del mejor camino a tomar.
El Gobierno de Guatemala propone la suspensión de los contratos de trabajo (Acuerdo Ministerial 140-2020, Ministerio de Trabajo y Previsión Social), con el argumento legal que el Estado de Calamidad Pública decretado con ocasión de la pandemia constituye una causa de fuerza mayor que afecta los contratos de trabajo y que puede ser invocada para suspenderlos. ¿Y en qué consiste la suspensión? En que el contrato y sus obligaciones se ponen en una pausa legal sin responsabilidades para ambas partes y que, al regresar las cosas a su normalidad, pueden retomarse en las condiciones originales. Las partes necesitan cumplir los requisitos del acuerdo citado y solicitar autorización de la Inspección General de Trabajo, en caso de suspensión colectiva, para que tenga los efectos legales o bien, su registro, en caso de la suspensión individual.
Pero esto implica que no hay pago de sueldos y las funciones de esa persona no se están cumpliendo. En medio de este escenario es que surge la alternativa del “trabajo desde casa”, la cual no está regulada a la fecha. Pero es indudable que esta supone la opción con menor impacto para las partes, en contraposición con la suspensión de contratos o despidos. En consecuencia, para implementarlo es importante modificar del contrato de trabajo, por lo que recomendamos consultar con un abogado para documentar y establecer las reglas claras de esta modalidad de trabajo, en ausencia de regulación legal, para evitar incurrir en faltas y/o reparos. Por último, el mundo no parece que vuelva a la normalidad como la conocíamos y el trabajo desde casa se hará cada vez más necesario, específicamente en Guatemala, aún después del levantamiento de las restricciones.